La alcaldesa de la Municipalidad de San Carlos, Karol Salas Vargas, acató la orden emitida por el Juzgado de Trabajo el pasado 07 de marzo y reinstaló a un funcionario municipal de apellido Rodríguez a quien despidió, en setiembre de 2022.
La noche de este lunes, Salas remitió el oficio MSC-AM-0544-2023 al departamento de Recursos Humanos con la solicitud de la acción de personal para el funcionario a partir de la fecha en la que el juez anuló la resolución del despido del funcionario.
"Esta alcaldía, basada en el principio de legalidad, es respetuosa de las resoluciones dictadas por los juzgados. En este caso, basada en la sentencia número 2023000107 de las nueve horas con cincuenta y nueve minutos del 07 de marzo del 2023, donde el juez del Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela, en su condición de jerarca impropio, ordenó la reinstalación del señor Rodríguez, en su puesto de Operativo Municipal 4, Operario de Obras Civiles y Mantenimiento", dicta el documento firmado por la alcaldesa, y del que este medio tiene copia.
El pasado jueves 23 de marzo una jueza del mismo juzgado advirtió a Salas que, en caso contrario de no acatar la orden de reinstalar al funcionario, podría incurrir en el delito de Desobediencia a la Autoridad y procedería a abrir una causa penal.
“…se procederá a abrir la respectiva causa penal realizando el testimonio de piezas ante el Ministerio Público, ya que el acto administrativo del despido realizado al señor Rodríguez, no se encontraba en firme, por cuanto estaba pendiente de resolver el recurso de apelación presentado”, indicó la Jueza en el documento enviado al ayuntamiento.
El “jalón de orejas” al municipio llegó tras varios intentos de apelación que hizo la alcaldía ante la orden de reinstalar a un funcionario, incluso el mismo juzgado instó a la administración a no enviar más documentos de apelación.
¿Qué decía la sentencia?
Según la sentencia, el trabajador estaba en periodo de prueba en las instalaciones del Centro Cívico en Aguas Zarcas, cuando la alcaldesa tomó la decisión de cesarlo de funciones, argumentando que en las labores propias del cargo “fue deficitario”, además de una “productividad y calidad de trabajo de regular desempeño, comunicación y relaciones humanas regulares”.
Sin embargo, el juez señaló que dicha resolución “no indica las razones de hecho y de derecho en que se fundamentó la señora alcaldesa para optar por el cese del nombramiento”.
Además, destacó que la administración del ayuntamiento violentó el derecho de defensa de Rodríguez al no contar con todos los elementos fácticos y jurídicos que llevaron a tomar la decisión del despido.