¡Atención! Rigen cambios para detener a deudores de pensión alimentaria

A partir del 01 de octubre cambian las reglas para las gestiones integrales de pensiones alimentarias.

El tema de pensiones alimentarias en el país, reportará cambios a partir del 01 de octubre. Las reglas serán diferentes para fijar las pensiones, modificar su cuota o detener a quienes no las pagan.

En materia de pensiones, hay tres cambios importantes:

Fijación del monto:

Al presentarse la demanda de pensión alimentaria habrá un primer llamado a que las partes logran una conciliación.

Si en 10 días no hay acuerdo, el juez tiene 24 horas para emitir una resolución con el monto a pagar de pensión.

Esto se denomina ” sentencia anticipada” y luego de ella, si hay desacuerdo, las partes tienen 5 días para presentar sus reclamos.

Una vez resuelto el conflicto, al cerrar las audiencias el juez da verbalmente su decisión, es decir no hay que esperar semanas el documento escrito.

Ajuste de la pensión

Para estos casos el nuevo esquema no involucrará “sentencia anticipada”. El trámite, será en una única audiencia, donde una parte pide la modificación y otra se pronuncia con sus pruebas.

Primero se intentará una conciliación. Si no avanza, el juez determina las pruebas a observar, escucha a los testigos y de inmediato anuncia su resolución.

Deudores de pensión

El pago de la pensión alimentaria se puede hacer con pago voluntario o deducción de salario. Cuando no se hacen los depósitos, la medida restante es la detención por apremio corporal.

Para esta medida también vienen nuevas reglas:

  • Edad: bajará a 65 años el límite de edad para detener a deudores de pensión. Ahora está en 71 años.
  • Encierro: los deudores actuelmente pueden quedar privados de libertad hasta por hasta 6 meses. Con la nueva ley esta medida se irá escalando. La primera vez que una persona sea detenida por nueva la permanencia maxima será de 2 meses. la segunda vez será de 4 meses y de ahí en adelante 6 meses. 
  • Salud: una persona detenida puede demostrarle al juez que tiene una condición de salud que se agravaría con el encierro y con ello el juez podría eximirle de la sanción.
  • Permiso de trabajo: un apremiado podría trabajar. Será posible autorizar su salida a laborar, siempre y cuando retorne al centro penal

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