Una pareja fue condenada a 60 años de prisión por agredir brutalmente a su hija de apenas cinco meses de edad, en un hecho que conmocionó al país.
La sentencia la dictó el Tribunal Penal de Grecia, mediante la resolución número 95 – TGRE – 2025.
Por unanimidad de votos, los jueces declararon a los imputados, de apellidos Blandón y Marín, autores responsables de un delito de tentativa de homicidio calificado en perjuicio de la menor, hija biológica de ambos.
El tribunal les impuso una pena de 30 años de prisión a cada uno.
Según la investigación judicial, la alerta inicial surgió cuando la bebé fue ingresada de emergencia al Hospital Nacional de Niños, presentando signos físicos evidentes de violencia, entre ellos trauma encefálico, múltiples equimosis (moretones) y una fractura en el fémur.
Estos hallazgos generaron sospechas fundadas de una posible agresión deliberada, lo cual motivó la intervención inmediata de las autoridades judiciales y médicas.
El caso fue manejado bajo la hipótesis de un posible síndrome del niño agredido, también conocido como síndrome del niño maltratado, una condición médica que se presenta cuando un menor sufre lesiones físicas como resultado de abuso deliberado, generalmente por parte de personas encargadas de su cuido.
Los hechos ocurrieron en mayo de 2024 y, tras varias diligencias de recolección de prueba, análisis médico legal, entrevistas y dictámenes forenses, los investigadores del OIJ lograron reunir los elementos necesarios para presentar el caso ante el Ministerio Público y, posteriormente, ante el tribunal correspondiente.
Durante el juicio, los peritos del Hospital Nacional de Niños y del Departamento de Medicina Legal ofrecieron un testimonio determinante, concluyendo que las lesiones sufridas por la menor no correspondían a un accidente, sino que eran compatibles con una agresión física intencional y reiterada.
La gravedad de las lesiones fue tal que, de no haber mediado una intervención médica oportuna, la vida de la niña pudo haber muerto.
El tribunal valoró como agravante la extrema vulnerabilidad de la víctima, tanto por su edad como por su dependencia absoluta de las personas condenadas, quienes, lejos de protegerla, atentaron directamente contra su integridad y su vida.
La tentativa de homicidio calificado implica, según el Código Penal costarricense, una intención clara de causar la muerte, aunque sin que el resultado se haya consumado.
Actualmente, la menor se encuentra bajo protección del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), y según trascendió en el juicio, ha mostrado avances positivos en su proceso de recuperación física. No obstante, se mantiene bajo estricta vigilancia médica y psicológica, debido a las posibles secuelas del trauma sufrido en sus primeros meses de vida.
Las autoridades reiteran a la ciudadanía la importancia de denunciar cualquier sospecha de maltrato infantil.
Las señales de violencia, negligencia o abuso deben ser atendidas de inmediato, y las instituciones como el PANI, la Fuerza Pública, el OIJ o los servicios de salud están en la obligación de intervenir para salvaguardar la integridad de los menores.