A partir de este 1 de marzo, los contribuyentes deberán aplicar un nuevo cambio ordenado por la Administración Tributaria.
Se trata de la entrada en vigencia del uso obligatorio de la nueva versión del Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS), a la hora de emitir sus facturas electrónicas por la venta de productos o servicios.
El Ministerio de Hacienda había informado que desde el pasado 27 de enero de 2023, se encontraba disponible esta nueva versión en el sitio web del Banco Central de Costa Rica (BCCR).
No obstante, brindó un período de transición que rigió entre el 1 y el 28 de febrero, para que los contribuyentes pudieran actualizar los Códigos CAByS que estaban utilizando, esto en caso de que lo tuvieran que hacer.
El CAByS es un catálogo que agrupa los bienes y servicios que se comercializan en el país en categorías jerarquizadas. En este catálogo se le asigna un código a cada uno de ellos. Además, inicia con 10 categorías generales y se va ampliando a más de 20 000 productos.
“Con el establecimiento del CAByS, un contribuyente no puede facturar si no introduce uno de estos códigos en la línea de producto o servicio que está facturando. Eso quiere decir, por ejemplo, que si yo vendo una maquinaria agrícola tengo que ir a buscar el CAByS que mejor se ajuste a esa maquinaria.”, explicó Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly.
Según Hacienda, esta actualización responde a la entrada en vigencia de la nueva Canasta Básica Tributaria, así como a las modificaciones que se realizan a este catálogo.
Revisión y actualización
Porras comentó que ahora los contribuyentes, en caso de que no lo hicieran en el período de transición, deben revisar el código CAByS que utilizan actualmente según los productos o servicios que vendan. Deben verificar si hay algún cambio. En caso de que lo hubiera, deben modificar el código que utilizan en su facturación electrónica.
La nueva versión de Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) que se debe utilizar se encuentra en la página web del BCCR, en el siguiente link: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/cat%C3%A1logo-de-bienes-y-servicios?fbclid=IwAR3krKQXWmkzpBqe3PHg59W7Kf3aVgSNlQZSldM3B4J9pIfhqJs_6xBj2e4.
“En esta página el contribuyente tiene dos opciones. Revisar el Catálogo desde el sitio web, o descargar el documento de Excel. Es muy importante que se tenga presente de que un contribuyente no puede facturar si no utiliza un Código CAByS. Su uso es obligatorio”, recordó Porras.
Añadió que el uso de códigos CAByS incorrectos, le podría acarrear dos consecuencias principales a los contribuyentes. La primera es que la Administración Tributaria puede rechazar la factura electrónica que emita, impidiéndole facturar.
La segunda es que se estaría enviando información errónea a las autoridades tributarias, lo que podría generarle una multa al contribuyente.