El Poder Judicial aclaró, la tarde de este jueves, que no liberó a un hombre de nacionalidad dominicana y que fue detenido esta semana por venta de fentanilo.
Según las autoridades judiciales, el sujeto de apellido Núñez tiene una ubicación en un nivel de atención semi institucional desde el 01 de marzo de 2020 y continúa en esa condición.
"Para esta reubicación de las personas privadas de libertad no se requiere de una orden o resolución de una persona juzgadora. Los cambios de un nivel institucional cerrado a uno semi-institucional es competencia exclusiva de la Dirección de Adaptación Social, del Ministerio de Justicia, quienes tienen a cargo la administración de la población carcelaria", señalaron en un comunicado de prensa.
El órgano judicial apuntó a la normativa establecida en el artículo 28 y 49 del Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional.
Además, reiteraron que, en este tipo de decisiones, los jueces de Ejecución de la Pena del Poder Judicial no tienen ninguna intervención.
Este miércoles en conferencia de prensa, el presidente Rodrigo Chaves, señaló al Poder Judicial de haber supuestamente liberado a este sujeto tras ser condenado por homicidio calificado y que, ahora, otra vez fue detenido tras un operativo de la DEA y autoridades costarricenses en el que decomisaron 30.000 dosis de fentanilo el sector conocido como “Tierra Dominicana”, en pleno centro de San José.
"Lo volvemos a agarrar traficando 20 mil pastillas de fentanilo, lo entregamos y con suerte ahorita lo sueltan otra vez. (...) nosotros seguiremos haciendo lo nuestro, pero ahí están los huecos. Es como dejar la puerta cerrada, que la deja el gobierno, y las ventanas, la asamblea legislativa y el poder judicial, abiertas", dijo el mandatario.
Según información del Poder Judicial, en mayo de 2018 el hombre de apellido Núñez se acogió a un proceso abreviado y el Tribunal de Flagrancia de Corredores ordenó una pena de 10 años de prisión, por el delito de Infracción a la Ley Sobre Estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas en la modalidad de transporte de drogas tipo cocaína.
La sentencia fue apelada por la defensa del imputado y el Tribunal de Apelación de la Sentencia de Cartago, en julio de 2018, declaró firme la condena.