Presidente firma ley que limita reelección de alcaldes

Las personas electas para ocupar cargos municipales no podrán estar más de 8 años consecutivos en esos puestos. Además, la ley contempla que las personas regidoras, síndicas, intendentes, viceintendentes, concejales municipales, así como quienes ocupen cualquiera de los cargos de suplencias, podrán ser reelegidas de manera continua por una única vez .

El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó este martes la Reforma del Artículo 14 de la Ley 7794, (Ley que limita la reelección indefinida de autoridades locales) Nº 10183, aprobada el pasado 29 de marzo en la Asamblea Legislativa. 

A partir de la sanción de esta ley, las personas electas para ocupar cargos municipales, no podrán estar más de 8 años consecutivos en esos puestos, según lo establece el artículo único de esta nueva legislación.

La reforma al Código Municipal aprobada por la Asamblea Legislativa, se lee de la  siguiente manera:  ”las alcaldesas o los alcaldes podrán ser reelegidos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del régimen municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo. Los vicealcaldes y las vicealcaldesas también podrán ser reelegidos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo”.

“Hoy Costa Rica, la democracia más antigua del continente, marca un hito en la consolidación de las reformas necesarias para nuestra institucionalidad, que permita una sana alternancia de la representación popular, evitando que se enquiste en unos pocos el ejercicio de poder”, destacó el presidente de la República, durante la rúbrica de la ley.

Además, la ley contempla que las personas regidoras, síndicas, intendentes, viceintendentes, concejales municipales, así como quienes ocupen cualquiera de los cargos de suplencias, podrán ser reelegidas de manera continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo o su suplencia hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período. 

La legislación incluye un transitorio único, para las personas que actualmente se desempeñen como alcaldes, alcaldesas, intendentes o intendentas, las cuales han sido elegidas en sus cargos por al menos dos períodos consecutivos, deberán esperar a que transcurran dos períodos para poder volver a ocupar cualquier puesto de elección popular del régimen municipal.

El mandatario Alvarado firmó la ley junto al ministro de Gobernación y Policía, Michael Soto, y  la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte, la jefa de fracción del Partido Acción Ciudadana, Laura Guido y su compañero de bancada, Luis Ramón Carranza.

Con la aprobación de esta reforma al Código Municipal,  la Asamblea Legislativa, atiende una de las recomendaciones realizadas por parte de la Misión de Expertos Electorales de la Organización de los Estados Americanos (OEA), durante las pasadas elecciones municipales de febrero del 2020, que señalaba en su informe preliminar la reiterada necesidad de revisar esta legislación, indicando ¨si bien la continuidad en las políticas públicas es valiosa, la alternancia constituye un pilar fundamental del sistema democrático¨ .

Lea también: