Para reclamar el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) de una persona fallecida en Costa Rica, los beneficiarios deben seguir ciertos pasos que dependen de su designación en los regímenes de pensión. A continuación, el detalle de los procedimientos según las diferentes situaciones:
1. Beneficiarios designados en el Régimen Básico:
Si la persona fallecida tenía beneficiarios designados en su Régimen Básico (como el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, JUPEMA, Poder Judicial, entre otros), estos beneficiarios también serán reconocidos para el ROP. En este caso, deben presentar los siguientes documentos a la operadora de pensiones que administra el ROP:
- Constancia de defunción emitida por el Registro Civil.
- Documento de identidad vigente de cada beneficiario mayor de edad.
- Para beneficiarios menores de edad: certificación de nacimiento o identificación de menores.
- Número de cuenta IBAN para el depósito de los fondos.
Es recomendable que los beneficiarios notifiquen a la operadora de pensiones correspondiente una vez realizado el trámite en el Régimen Básico, para que se proceda con la gestión del ROP.
2. Beneficiarios designados en la Operadora de Pensiones:
Si no existen beneficiarios en el Régimen Básico, pero la persona fallecida designó beneficiarios directamente en su operadora de pensiones, estos deberán presentar:
- Constancia de defunción emitida por el Registro Civil.
- Documento de identidad vigente de cada beneficiario mayor de edad.
- Para beneficiarios menores de edad: certificación de nacimiento o identificación de menores.
- Número de cuenta IBAN para el depósito de los fondos.
Además, es necesario obtener una certificación de los cuatro regímenes básicos del país (IVM, JUPEMA, Poder Judicial, Hacienda) que constate la inexistencia de personas disfrutando o solicitando el derecho de pensión por sobrevivencia.
3. Ausencia de beneficiarios designados:
Si no hay beneficiarios designados ni en el Régimen Básico ni en la operadora de pensiones, los interesados deben acudir al Juzgado de Trabajo más cercano al lugar de residencia de la persona fallecida. Un juez determinará quiénes son los beneficiarios legales de acuerdo con el artículo 85 del Código de Trabajo.
Recomendaciones adicionales:
- Es fundamental que los afiliados mantengan actualizada la designación de sus beneficiarios tanto en el Régimen Básico como en su operadora de pensiones, para facilitar el proceso de reclamo en caso de fallecimiento.
- Los beneficiarios deben comunicarse directamente con la operadora de pensiones correspondiente para recibir orientación específica sobre el proceso y los documentos requeridos.
Siguiendo estos pasos y recomendaciones, los beneficiarios podrán gestionar el retiro de los fondos del ROP de una persona fallecida de manera adecuada y conforme a la normativa vigente en Costa Rica.