Tribunal declara "inadmisible" veto de alcaldesa Salas contra acuerdo de regidores

Salas vetรณ un acuerdo del Concejo Municipal que pretendรญa denunciarla por incumplimiento de deberes al entregar de forma tardรญa su informe de labores 2023.

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda declarรณ 'inadmisible' un veto interpuesto por la alcaldesa Karol Salas, contra un acuerdo tomado por el Concejo Municipal de San Carlos el pasado 15 de marzo.

La resoluciรณn 2024002224 emitida el 15 de abril por la Jueza Marรญa Fernanda Herrera, en el segundo circuito judicial, en San Josรฉ, seรฑala la inadmisibilidad.

"De conformidad con lo expuesto en los apartados precedentes se declara INADMISIBLE el veto interpuesto por la seรฑora Karol Cristina Salas Vargas, en su condiciรณn de Alcaldesa Municipal y se confirma el acuerdo cuestionado", dicta la resoluciรณn.

Segรบn consta en la decisiรณn de la Jueza, la alcaldesa Salas limitรณ la fundamentaciรณn del veto y no expuso razones claras del por quรฉ el acuerdo de los regidores resulta contrario a la ley.

"La seรฑora Salas Vargas, no indica las fechas de presentaciรณn de los informes referidos en el acuerdo, no seรฑala los yerros de dicha resoluciรณn, ni invoca las razones por las que el acuerdo resulta contrario a derecho, aspecto que es atribuible a la gestionante y que este Tribunal estรก impedido de subsanar", dice la resoluciรณn.

El caso

El pasado 21 de marzo, Salas Vargas vetรณ un acuerdo del Concejo Municipal que autorizaba al presidente municipal, Juan Diego Gonzรกlez, a presentar una denuncia contra ella por el aparente incumplimiento de deberes.

Esto, debido a que Salas presentรณ el informe de labores fuera del tiempo establecido por la ley.

Para esto, los regidores tomaron como base el criterio C-201-2005 de la Procuradurรญa General de la Repรบblica (PGR) que indica que, la alcaldรญa tiene hasta el รบltimo dรญa de febrero para presentar el informe de labores.

Es decir, la alcaldรญa debรญa presentar el informe de labores a los regidores a mรกs tardar el 29 de febrero y lo hizo hasta el 04 de marzo.

Pese a ello, la alcaldesa aplicรณ el artรญculo 167 del Cรณdigo Municipal que menciona que โ€œel alcalde municipal podrรก interponer el veto a los acuerdos municipales por motivos de legalidad u oportunidad, dentro del quinto dรญa despuรฉs de aprobado definitivamente un acuerdoโ€.

Tras la resoluciรณn del Tribunal Contencioso y quedando el acuerdo en firme, ahora el Concejo Municipal procederรก a presentar la denuncia contra la alcaldesa.

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