La tarde de este jueves, el Tribunal Supremo de Elecciones confirmó que la sección especializada remitió a la Inspección Electoral varias denuncias por beligerancia política que se han presentado contra el Presidente de la República Rodrigo Chaves Robles.
Esta unidad del TSE, está conformada por tres magistrados o magistradas electorales suplentes, encargado de conocer, en primera instancia, los conflictos de carácter contencioso-electoral cuya resolución involucre el ejercicio de la potestad sancionatoria del TSE-
«Dicha remisión es una orden para que la Inspección Electoral instruya la investigación preliminar sobre los hechos denunciados, referidos, puntualmente, a tres conferencias de prensa (4 de diciembre de 2024, y 22, 29 y 30 de enero de 2025) y una cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024», cita el comunicado de prensa del TSE.
La Inspección Electoral es una instancia interna del TSE, encargada, entre otras funciones, de realizar investigaciones y procedimientos sancionatorios, garantizando el debido proceso.
No actúa como órgano decisor, pues esa competencia corresponde en estos casos a los jueces electorales de la Sección Especializada y, frente a recursos contra lo resuelto por estos, del Tribunal Supremo de Elecciones.
Las denuncias por beligerancia, fueron interpuestas por Allen Solera Cordero, Ricardo Sancho Chavarría, presidente del partido Liberación Nacional, José Fabián Solano Fernández y Gonzalo Coto Fernández, presidente y secretario general respectivamente, del partido Acción Ciudadana, y Antonio José Ortega Gutiérrez, diputado de la fracción del partido Frente Amplio.
Adicionalmente, la Sección Especializada del TSE rechazó de plano una denuncia anónima remitida al TSE por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, contra el Presidente de la República, por sus manifestaciones en la cadena de televisión del 8 de diciembre de 2024.
El rechazo de plano se ordenó por falta de requisitos de admisibilidad, entre ellos la indicación del nombre y las calidades del denunciante.